ENSAYO DE GESTION AMBIENTAL

Resumen ejecutivo


El Perú viene cuidando nuestro ambiente ya desde hace mucho tiempo con leyes que vigilan las actitudes de los hombres que afectan y contaminan nuestro ambiente dificultando cada uno de nuestros recursos naturales que con la diversificad biológica podemos observar toso los recursos naturales que tenemos.


La gestión ambiental nos ayudara a estableces estrategias de mejora para el ambiente y así combatir diferentes tipos de contaminación en nuestro país para nuestros recursos.


Las leyes como la ley general del ambiente y la ley de sistema nacional de gestión ambiental son leyes realmente importantes porque nos ayudan a que las entidades como personas jurídicas que son y nosotros como personas naturales ayudemos a la mejora de nuestros recursos naturales de nuestro ambiente y a eliminar poco a poco la contaminación que cada dia nos aqueja mas y nos afecta a la calidad de vida que llevamos.


El CONAM es la que dará un auditoría ambiental a las entidades la que opinara y se convencer de aceptar diferentes planes que el país tome para cuidar el ambiente que tenemos y así conservarlo limpio y sano para la calidad de vida no solo de nosotros sino de los animales y de cada recurso que la naturaleza nos da.


La educación tiene que empezar a concientizar aquellos jóvenes que están en los colegios a cuidar y amar la naturaleza que nos da porque tenemos una calidad de vida buena si empezamos a tomar conciencia del momento que estamos viviendo la contaminación avanza así que nos toda detenerla.


Resumen abstrae

Peru is come taking care of our environment and long-laws that monitor the attitudes of men who pollute our environment affect and hinder each of our natural resources that the cough can observe biologically diverse natural resources we have.


Environmental management will help us develop strategies to improve the environment and thus combat different types of pollution in our country for our resources.


Laws and general environmental law and the law of national environmental management system are laws really important because they help us to entities as legal persons and we as individuals we help improve our natural resources and our environment gradually eliminate the pollution that plagues us every day more and affect our quality of life we lead.


CONAM is the environmental audit will give you opine entities and accept different plans to convince the country to take to protect the environment and so we keep it clean and healthy quality of life for not only us but the animals and every resource that nature provides.


Education must begin to raise awareness for young people who are in school to care for and love of nature that gives us because we have a good quality of life if we begin to realize the moment we are living the advancing pollution so we all stopped.

PALABRAS CLAVES:

Ambiental: que rodea un cuerpo especialmente el aire.

• Articulación: enlace o unión entre dos partes. Pronunciación clara. Posición y movimiento de los órganos.

• Contaminación: degradación que sufre el medio ambiente por las sustancias perjudiciales que se vierten en el.

• Conservación: mantenimiento o cuidado de una cosa.

• Estrategias: arte de planear y dirigir para conseguir un objetivo.

• Gestión: conjunto de trámites que se llevan a cabo para resolver un asunto.

• Holístico: del todo o relativo a él.

• Naturaleza: conjunto de todo lo que conforma el universo en cuya creación no ha intervenido el hombre.


GESTIÓN AMBIENTAL

Se dice que el planeta Tierra se formó hace 4 600 millones de años, apareciendo la vida hace unos 3 500 millones de años bajo la forma de organismos unicelulares y bacterias y al final, hace 100 000 años, apareció la especie humana y, más recientemente, unos 10 000 años, la misma inició el desarrollo de centros poblados, la agricultura y la domesticación de animales y plantas que hoy en dia podemos observar con mucha alegría.

La gestión ambiental es al manejo integral del sistema ambiental y para mí es como una estrategia mediante la cual se encarga de organizar las actividades que el hombre realiza y las cuales están afectan el ambiente, y tener el fin de lograr una mejor calidad de vida, previniendo los problemas ambientales para nuestro planeta.

La gestión ambiental va de la mano con el desarrollo sostenible ambas unidas van planeando estrategias para que juntas consigan un equilibrio adecuado para el desarrollo económico, crecimiento de la población, uso racional de los recursos y la protección y la conservación del ambiente.

La gestión ambiental para mí tiene ciertos objetivos que deseas cumplir para mejorar el ambiente y para combatir la contaminación en nuestro planeta así tenemos los siguientes:

• Sentar las bases del ordenamiento ambiental del municipio: tiene como propósito la caracterización ecológica y socio ambiental del territorio, ecosistemas recursos naturales, con este proceso se llega a la zonificación ambiental del entorno

Comentario:

Las municipalidades deben apoyar más cada dia a mejor la calidad del ambiente, para tener un mejor planeta más saludable, sin contaminación, con la ayuda de las municipalidad muchas empresas podrían dejar de contaminar.

• Preservar y proteger las muestras representativas más singulares y valiosas de su dotación ambiental original, así como todas aquellas áreas que merecen especiales medidas de protección: con esta actividad se logra el sistema de áreas protegidas.

Comentario:

Este objetivo es tan importante porque gracias a nuestros cuidados de la naturaleza que nos rodea podremos mejor el ambiente valorando cada recurso que la naturaleza nos dio cuidar aquellos animales que están en peligro de extinción será una ayuda muy grande.

• Recuperar y proteger las áreas de cabeceras de las principales corrientes de aguas que proveen de este vital recurso a los municipios: con esta actividad se logra mantener una densa y adecuada cubierta vegetal en las cabeceras o áreas de nacimientos de las corrientes de agua éste es un requisito indispensable para la protección y regulación hídrica.

Comentario:

Cuidar las áreas verdes y el agua que es un recurso esencial para nuestra vida nos estaremos ayudando a nosotros mismos con la vegetación y el agua nos cuidaremos

• Adelantar acciones intensas de descontaminación y de prevención de la contaminación: financiar actividades específicas de descontaminación, en las corrientes de aguas más alteradas, así como el sistema de tratamiento de residuos líquidos y sólidos, otorgar créditos para la implementación de tecnologías limpias para disminuir los impactos ambientales.

Comentario:

Fomentando eventos contra la contaminación incentivaremos a la gente a cuidar el ambiente a dejar de contaminar y empezar a cuidar y valorar la naturaleza que nos rodea.

• Construir ambientes urbanos amables y estéticos: la ecología urbana, la ciudad para vivir con respeto y normas de control del medio ambiente urbano.

Comentario:

Lugares ambientados con vegetación y aire limpio nos ayudara a vivir mejor una mejor calidad de vida.

• Adelantar programas intensos y continuos de concienciación y educación ambientales: programar actividades permanentes de concienciación ambiental.

Comentario:

El gobierno debe programas nacionales para incentivar a la concienciación de la contaminación que estamos generando nosotros mismos cada dia en vez de mejorar empeoramos el ambiente.

En la gestión ambiental el Perú se rige bajo una ley que trata de proteger el ambiente que es:

Ley General del Ambiente (LGA). Ley N° 28611 del 15/10/05)

El Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, CMARN, DL N° 613 (1990), representó el punto de partida ambiental más relevante en nuestro sistema jurídico.

Desencadenó un proceso político normativo a partir de sus modificaciones-como resultado de la normativa de promoción a las inversiones (1991) así como los impedimentos e implementación de los acuerdos de Río 92. Ello se expresó mediante un profuso marco legal en gran medida acorde con las tendencias jurídicas ambientales modernas, en temas como la política y gestión ambiental (sectorial y transectorial relativa) y sus instrumentos, el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales entre otros aspectos socio-ambientales e infraestructurales. Esta nueva ley que deroga al código del medio ambiente y los recursos naturales es para muchos casos, insuficiente (vg. minería Art. 89), respecto a la normativa preexistente; y ello es ajeno a la no aprobación de los 4 puntos finales de debate mediático, que más pareció algo distractivo, en tanto que aspectos esenciales no fueron o no se quisieron abordar. Por ejemplo: fiscalización transparente y equidistante a poderes gubernamentales y privados o no gubernamentales; ausencia de mecanismos meritocráticos en el manejo de la cosa pública ambiental garantes de una actuación transparente; persistencia por hegemonizar y protagonizar lo ambiental bajo el argumento de lo “holístico” en desmedro del tratamiento singular que suponen los RR. NN. ¿Con qué propósitos?; a diferencia de lo que acontece en el derecho comparado, entre otras omisiones, que relativizan la legitimidad, no sólo de la norma, sino de la institucionalidad ambiental.

La Ley General del Ambiente – Ley Nº 28611 es la norma ordenadora del marco normativo legal para la gestión ambiental en el Perú. Esta ley dedica un capítulo especial a la temática del daño ambiental colectivo. Esta ley establece los principios y normas básicas que aseguren el efectivo ejercicio del derecho constitucional al ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida. Asimismo, la Ley General del Ambiente regula el cumplimiento de las obligaciones vinculadas a la efectiva gestión ambiental, que implique la mejora de la calidad de vida de la población, el desarrollo sostenible de las actividades económicas, el mejoramiento del ambiente urbano y rural, así como la conservación del patrimonio natural del país, entre otros objetivos

Siendo la gestión ambiental un proceso permanente y continuo, orientado a administrar los intereses, expectativas y recursos relacionados con los objetivos de la Política Nacional del Ambiente y considerando su carácter transectorial, es que se trata de unir a las autoridades públicas, como los sectores del gobierno nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, deben reorientar, integrar , estructurar , coordinar y supervisar sus competencias y responsabilidades ambientales bajo criterios, normas y directrices que la Autoridad Ambiental Nacional determine a los propósitos de armonizar y concordar las políticas, planes, programas y acciones públicas orientadas al desarrollo sostenible del país. Y los instrumentos de la gestión ambiental son mecanismos orientados a la ejecución de la política ambiental donde se señala en la presente ley.

En el diseño y aplicación de los instrumentos de gestión ambiental se incorporan los mecanismos para asegurar su cumplimiento incluyendo, entre otros, los plazos y el cronograma de inversiones ambientales, así como los demás programas y compromisos.

Pero dando como un resumen de dicha ley general del ambiente puedo mostrar para mí lo bueno lo malo y lo feo que tiene esta ley a continuación:

Ley General del Ambiente: Lo bueno lo malo y lo feo

Lo bueno.- El ser la modernizada normativa ambiental preexistente; los enfoques transectoriales en cuestiones de gestión ambiental; las bases para una futura y hoy casi inexistente diplomacia ambiental y una tributación ambiental; la diferenciación entre autoridades sectoriales en materia de recursos naturales y ambientales, así como la respectiva distinción entre instrumentos de gestión ambiental y medidas de gestión de tales recursos, limitando con ello ciertas tendencias advertidas de orden “holístico” por pretender fagocitar desde CONAM todas las atribuciones en ese sentido; ecosistemas frágiles, enfoque eco-sistémico y servicios ambientales; afirmación de los PAMAS, omitidos en la Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental; integración de la responsabilidad ambiental, con alcances de premialidad ambiental, no obstante la notoria y deliberada intangibilidad de la simbólica normativa penal ambiental vigente; la calidad ambiental aunque no se ha definido, pudiendo hacerlo; la responsabilidad social de la empresa; rango de ley a varios contenidos pro cedentes de decretos supremos.

Lo malo.- El imperativo paradójicamente más para los gobiernos locales inclusive que para los Gobiernos Regionales de contar con Sistemas de Gestión Ambiental, cuando este debería ser más gradual; diferenciar Recursos Naturales de Diversidad Biológica (DB), cuando la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales refiere que es parte de los RR. NN., aunque puede ser una forma de destacar el carácter estratégico de la misma. Reducir la Diversidad Biológica a la conservación, cuando sus objetivos son también el aprovechamiento sostenible de sus componentes y el beneficio equitativo en los beneficios del acceso a los recursos genéticos. Ausencia del mar y el aire como recursos (gran absurdo, pese a incluirlo asistemáticamente en otros apartados). No menos obstinacion se advierte cuando se subsumen ecosistemas marino y costeros bajo el marco de la conservación de la Diversidad Biológica, cuando los documentos generales básicos del desarrollo sostenible accesible a cualquier aprendiz diferencian claramente estos conceptos, sin omitir las conexiones o intersecciones, pero manteniendo sus diferencias sustanciales. Independientemente que en más del 95 % de las Áreas Naturales Protegidas el valor esencial sea la Diversidad Biológica, ello no es obstáculo para una didáctica normativa no confusionista, pues se trata de conceptos universales que se intersectan, más no se subsume uno en el otro; pampas como las de Ayacucho o Junín , encontramos mejores y a centenares en el país, si de Diversidad Biológica se trata, pero ese no es el objetivo sino el hecho histórico irrepetible, allí poco importa la Diversidad Biológica, raleada y no muestral; algo similar acontece con el Bosque de Piedra (Huayllay) que es más una expresión de “litodiversidad” que de Diversidad Biológica. La omisión -ya se dijo- de los delitos ambientales. Carencia de un auténtico sistema de fiscalización ambiental equidistante del poder ejecutivo, insuficientes mecanismos confiables de ejercicio transparente y meritocrático de la Autoridad Ambiental, por citar los principales aspectos negativos.

Lo feo.- La extraña derogatoria de los artículos ambientales de la Ley

General de Minería y su enfoque del Art. 89° de la LGA; el cómodo expediente de no haber cotejado la normativa ambiental preexistente precisando los casos en que se derogue o modifique; el sinsabor resultante de la discusión por los 4 puntos finales en debate, así como la sensación que se mantiene latente como la tentativa de querer absorber bajo el argumento de lo holístico y del reforzamiento institucional, muchos aspectos que según el derecho comparado no son razonablemente admisibles en una sola concepción de gestión ambiental; no prestar suficiente atención a la inseguridad y poca transparencia en el manejo de la cosa pública ambiental, o la ausencia de mecanismos meritocráticos en todos los niveles de la gestión pública ambiental.

La gestión ambiental también tiene su propia ley bajo la cual re rige que es la LEY MARCO DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTION AMBIENTAL:

Esta ley tiene como objetivo asegurar el más eficaz cumplimiento de los objetivos ambientales de las entidades públicas; fortalecer los mecanismos de transectorialidad en la gestión ambiental, el rol que le corresponde al Consejo Nacional del Ambiente - CONAM, y a las entidades sectoriales, regionales y locales en el ejercicio de sus atribuciones ambientales a fin de garantizar que cumplan con sus funciones y de asegurar que se evite en el ejercicio de ellas superposiciones, omisiones, duplicidad, vacíos o conflictos. Comunitarias, de capacidad institucional y consultas a organismos competentes e información a los sectores ciudadanos.

Teniendo como finalidad orientar, integrar, coordinar, supervisar, evaluar y garantizar la aplicación de las políticas, planes, programas y acciones destinados a la protección del ambiente y contribuir a la conservación y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales. Para que toda institución del país cumpla las diferentes normas o reglas que se dispongan y así cuidar el ambiente que tenemos.

Esta ley se constituye sobre la base de las instituciones estatales, órganos, oficinas de los distintos ministerios, organismos públicos descentralizados e instituciones públicas a nivel nacional, regional y local que ejerzan competencias y funciones sobre el ambiente y los recursos naturales; así como por los Sistemas Regionales y Locales de Gestión Ambiental, contando con la participación del sector privado y la sociedad civil. El ejercicio de las funciones ambientales a cargo de las entidades públicas se organiza bajo el Sistema Nacional de Gestión Ambiental y la dirección de su ente rector.

La gestión ambiental en el país, se rige por los siguientes principios:

Obligatoriedad en el cumplimiento de la Política Nacional Ambiental, el Plan y la Agenda Nacional de Acción Ambiental y las normas transectoriales que se dicten para alcanzar sus objetivos;

a. Articulación en el ejercicio de las funciones públicas, de acuerdo con el carácter transectorial de la gestión ambiental;

b. Coherencia, orientada a eliminar y evitar superposiciones, omisiones, duplicidades y vacíos en el ejercicio de las competencias ambientales;

c. Descentralización y desconcentración de capacidades y funciones ambientales;

d. Simplificación administrativa, a fin de unificar, simplificar y dar transparencia a los procedimientos y trámites administrativos en materia ambiental;

e. Garantía al derecho de información ambiental;

f. Participación y concertación, a fin de promover la integración de las organizaciones representativas del sector privado y la sociedad civil en la toma de decisiones ambientales;

g. Promoción y apoyo a las iniciativas voluntarias dirigidas a la prevención de la contaminación;

h. Promoción de mecanismos alternativos para la resolución de conflictos ambientales;

i. Priorización de mecanismos e instrumentos de prevención y producción limpia;

j. Aplicación del criterio de precaución, de modo que cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza absoluta no debe utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces y eficientes para impedir la degradación del ambiente;

k. La inversión nacional y la extranjera se sujeta a las mismas condiciones y exigencias establecidas en la legislación ambiental nacional y en la internacional, aplicable al Perú;

l. Complementariedad entre los instrumentos de incentivo y sanción, privilegiando la protección efectiva, la eficiencia, la eficacia, la prevención, el mejoramiento continuo del desempeño ambiental y la recuperación y manejo del pasivo ambiental o zonas ambientalmente degradadas;

m. Valorización e internalización de los costos ambientales, bajo el principio contaminador - pagador;

n. Permanencia, continuidad y transparencia de las acciones de fiscalización; y,

o. Articulación del crecimiento económico, el bienestar social y la protección ambiental, para el logro del Desarrollo Sostenible.

Comentario:

Estos principios nos ayudaran a que la ley pueda ser cumplida por cada de las entidades y de nosotros también como personas naturales cumpliendo cada una de los programas de ambiente que se presenten, teniendo una gran coherencia con nuestras acciones, y que cada persona o entidad sea sancionado por el delito que pueda hacer.

El CONAM este consejo se encarga de dar una auditoría ambiental nacional y también es el rector del sistema nacional de gestión ambiental; su finalidad del CONAM es planificar, promover, coordinar, normar, sancionar y supervisar

las acciones orientadas a la protección ambiental y contribuir a la conservación del patrimonio natural; controlar y velar el cumplimiento de las obligaciones ambientales; dirimir y solucionar las controversias entre las entidades públicas; y ejecutar las acciones derivadas de las funciones otorgadas por la presente Ley, su ley de creación y las normas modificatorias y complementarias.

El CONAM se encargara de aprobar la agenda nacional de acción ambiental y dirigiendo el sistema nacional de gestión ambiental, también establecerá algunas políticas y procedimientos para el ordenamiento ambiental fomenta la educación ambiental, promueve la investigación ambiental opina sobre los proyectos de legislación con implicancias ambientales entre otras cosas.

De la Política Nacional de Educación Ambiental

El Ministerio de Educación, en coordinación con el CONAM, elabora la Política Nacional de Educación Ambiental, que tiene como objetivos:

a. El desarrollo de una cultura ambiental constituida sobre una comprensión integrada del ambiente en sus múltiples y complejas relaciones, incluyendo lo político, social, cultural, económico, científico y tecnológico;

b. Libre acceso a la información ambiental;

c. Estímulo de conciencia crítica sobre la problemática ambiental;

d. Incentivo a la participación ciudadana, a todo nivel, en la preservación y uso sostenible de los recursos naturales y el ambiente;

e. Complementariedad de los diversos pisos ecológicos y regiones naturales en la construcción de una sociedad ambientalmente equilibrada;

f. Fomento y estímulo a la ciencia y tecnología en el tema ambiental;

g. Fortalecimiento de la ciudadanía ambiental con pleno ejercicio, informada y responsable, con deberes y derechos ambientales;

h. Desarrollar Programas de Educación Ambiental - PEAs, como base y sustento para la adaptación e incorporación de materias y conceptos ambientales, en forma transversal, en los programas educativos de los diferentes niveles; e,

i. Presentar anualmente un informe sobre las acciones, avances y resultados de los Programas de Educación Ambiental.
De las universidades y la formación profesional

Las universidades promoverán el desarrollo de programas de formación profesional en gestión ambiental de carácter multidisciplinario.

En coordinación con el CONAM y la Asamblea Nacional de Rectores, elaborarán propuestas de políticas que promuevan la incorporación de profesionales especializados a la gestión ambiental del país.

CONCLUSIONES

• La gestión ambiental es como un sistema ambiental la cual se va a encargar de organizar actividades que el hombre realice y las cuales afectan al ambiente.

• Los objetivos que tiene la gestión ambiental y que va cumplir son muy claros la cual ayudara a mejorar el ambiente y combatir la contaminación.

• Tenemos también una ley general del ambiente la cual tiene que velar por la mejora de nuestro ambiente y que se cumpla la gestión ambiental en el país.

• El la ley de sistema nacional de gestión ambiental hara que se cumplan los objetivos de las entidades públicas que tienen como objetivo no dañar el ambiente por dinero.

• El CONAM es una auditoria la cual va a vigilar el cumplimiento de la conservación de nuestro patrimonio natural.

• La educación va de la mano con el CONAM ya que si los niños son formados desde pequeños a saber cómo cuidar los recursos que tenemos y no empezar a contaminar.

• Tenemos muchas leyes sobre el ambiente pero porque tantas entidades del país no cumplen con cuidar el ambiente cumplen con contaminar cada dia más los pocos recursos que ya nos quedan.


APLICACIÓN A LA PRÁCTICA:

• Cuidaremos más el aire y el agua que es el que más necesitamos pero no siendo menos importantes los demás recursos naturales.

• Las universidades del Perú empezaran a realizar programas contra la contaminación.

• Se realizaran proyectos de gestión ambiental para diferentes partes del Perú.

• Gracias a programas que ayudan al ambiente reduciremos nuestra contaminación.

• El estado empezara ayudar a combatir la contaminación, el efecto invernadero.